
Renta Vitalicia Inmediata
Es una modalidad de pensión ofrecida por las Compañías de Seguros de Vida. Consiste en un contrato en el que la persona traspasa sus fondos previsionales a una aseguradora, a cambio de recibir una renta fija y garantizada de por vida. El monto de la pensión se calcula en el momento de la jubilación el cual permanece invariable y en UF, protegiendo al pensionado de fluctuaciones del mercado. Una vez contratada, es irrevocable y el pago está asegurado por la compañía, incluso si el afiliado vive más allá de lo proyectado. Esta modalidad incluye una pensión de sobrevivencia para los beneficiarios legales.


- Pensión de por vida.
- Monto fijo en UF.
- Posibilidad de Beneficiarios
Renta Vitalicia con claúsula de aumento temporal de pensión
Esta opción de pensión combina dos etapas. En la primera, se recibe un mayor monto de pensión durante los primeros años de jubilación, constantes y en UF. Terminado el periodo temporal incial de años aumentados, comienza la segunda etapa que consiste en recibir la renta vitalicia definitiva.


Si fallece el titular, ¿Hay beneficiarios?
Sí, en primer lugar los beneficiarios legales que son: La/Él conyuge, e hijos menores de 24 años. A falta de beneficiarios legales, se pueden designar libremente otros beneficiarios.
¿Puedo obtener una renta vitalicia más alta?
Sí, se puede obtener montos más altos de pensión al inicio de la jubilación contratando una renta vitalicia con clausula de aumento, esto permite disponer de más recursos economícos para afrontar de mejor manera el cambio de vida activa a vida pasiva.
Si estoy en Retiro Programado (AFP), ¿Puedo cambiar a una Renta Vitalicia?
Sí, se pide en su AFP un nuevo certificado de saldo y procede al cambio de modalidad de pensión.
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Lizana Berguecio